UN CONVENIO EUROPEO PROMUEVE LA MEDIACIÓN CON MENORES DE EDAD
El BOE del día 21 de febrero de 2015 ha publicado la ratificación por España del Convenio Europeo sobre ejercicio de Derechos del Niño, que en su artículo 13 exhorta a las partes el uso de la mediación en los siguientes términos:
Artículo 13. Mediación y otros sistemas de resolución de controversias.
Con el fin de prevenir o de resolver las controversias y de evitar los procedimientos
que afecten a los niños ante una autoridad judicial, las Partes fomentarán la práctica de la mediación o de cualquier otro sistema de resolución de controversias y su utilización para llegar a un acuerdo en los casos oportunos que las Partes determinen.